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Actualidad Laboral

¿Te pueden despedir estando de baja médica en 2026? Derechos e indemnización

4 de marzo de 2026
2 min de lectura
¿Te pueden despedir estando de baja médica en 2026? Derechos e indemnización
¿Es legal el despido estando de baja en 2026? Diferencias entre despido nulo e improcedente, qué indemnización corresponde y quién te paga la baja tras el despido.

El mito del "blindaje" absoluto

Muchas personas creen que está prohibido despedir a alguien de baja. En 2026, la realidad legal es clara: sí te pueden despedir estando de baja, pero el despido debe estar justificado por una causa real ajena a la enfermedad. Si la empresa te despide porque estás enfermo, el despido puede ser nulo o improcedente.

Despido Nulo vs Improcedente

  • Despido Nulo: Si el juez considera que te han despedido por discriminación (por estar enfermo, especialmente en bajas largas o graves amparadas por la Ley 15/2022). Consecuencia: readmisión obligatoria y pago de salarios de tramitación.
  • Despido Improcedente: Si la empresa no demuestra la causa (disciplinaria o económica) pero no hay discriminación grave. Consecuencia: indemnización de 33 días por año trabajado (o 45 para antigüedad pre-2012).
  • Despido Procedente: Si la empresa demuestra una causa real (ej. cierre de la empresa, faltas graves previas a la baja). Te vas con 20 días/año o sin indemnización si es disciplinario.

¿Qué cobro si me despiden estando de baja?

Si te despiden, dejas de cobrar salario y pasas a cobrar la prestación por incapacidad temporal directamente de la Mutua o del INSS. La cuantía es la misma que tenías (normalmente 75% de la base), pero pierdes la "mejora de convenio" si la empresa te la pagaba. Sigues cobrando hasta que el médico te dé el alta.

¿Me consume paro?

El tiempo que estás de baja tras el despido se descuenta de tu paro si la baja es por enfermedad común. Si es por enfermedad profesional o accidente laboral, NO se descuenta.

Pasos a seguir si recibes el burofax

  1. Firma la recepción como "No conforme".
  2. Revisa la carta de despido: ¿qué causa alegan?
  3. Tienes 20 días hábiles para demandar. Acude a un abogado o sindicato inmediatamente.
  4. Solicita el pago directo de la baja a la Mutua.

Una vez te den el alta, recuerda inscribirte como demandante en el SEPE para reactivar tu búsqueda de empleo. Y para volver con más fuerza, actualízate con cursos gratuitos.

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